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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 644
IMPUESTOS, PRESCRIPCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 644
El término de 5 años para que opere la prescripción, se cuenta, como es natural, desde que la obligación fue legalmente exigible, ya que no sería lógico ni jurídico que corriera ese término, cuando toda vía el fisco no está en condiciones de cobrar el adeudo, por no conocer su monto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1853/31. Viuda e Hijos de Leopoldo Gavito. 17 septiembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.