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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336041
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1427
LAUDOS CONSENTIDOS, CONTRA ELLOS ES IMPROCEDENTE EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1427
Si en un laudo se condena al actor, a pagar determinada suma de dinero al demandado, y el primero la exhibe y es recibida de entera conformidad por el actor, sin reserva alguna, es indudable que el propio actor consintió plenamente el laudo y, por tanto, es improcedente el amparo que contra él promueva y debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3591/34. López Juana. 8 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.