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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1478
ACTO RECLAMADO, JUSTIFICACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1478
Las autoridades responsables tienen obligación de fundar y motivar sus actos; por lo que si del informe con justificación que rindan al efecto, se desprende que carecen de base legal, deben reputarse violatorios de garantías, y concederse contra los mismos, la protección de la Justicia Federal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4571/30. Parra Cesareo. 10 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.