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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336052
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1611
BIENES MORTUORIOS, SU VALOR PARA LOS EFECTOS DEL IMPUESTO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1611
No puede tenerse como base para la fijación del impuesto a una sucesión, el valor comercial de los bienes mortuorios, en vez del valor fiscal de los mismos, si no aparece comprobado que los valores referidos sean diferentes, toda vez que en este caso, la aplicación del valor fiscal no puede irrogar a la sucesión, perjuicio alguno.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 488/33. Estrada Santos, sucesión. 13 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.