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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336063
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2021
EMBARGOS FISCALES, AMPLIACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2021
Si no se ha consumado el remate de los bienes embargados, ni existe prueba de la insuficiencia del secuestro provisional, trabado en bienes a cuyo calor exceda el importe de la liquidación, la ampliación que del embargo decrete una autoridad fiscal, es injustificada y violatoria de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 11069/32. Marín Luis y Raymundo, sucesiones de. 25 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.