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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336064
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2128
SALARIOS EXTRAORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2128
Si el trabajador, de acuerdo con su contrato de trabajo, está obligado a prestar sus servicios los domingos, cuando fuere requerido por la empresa, la obligación de está en cubrirle salarios sencillos por esos días, por que estando fijados como de descanso, el trabajo que en ellos se realice, tiene el carácter de extraordinario, y debe pegarse con el doble de la cuota asignada para el tiempo ordinario.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 83/34. Hoyos Margarito. 26 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.