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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336071
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2324
RECONSIDERACION, RECURSO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2324
Si la respectiva ley administrativa, no establece como recurso la reconsideración, pero de hecho, la autoridad la admite y resuelve en cuanto al fondo, es indudable que el acto cuya reconsideración se solicitó, no tiene el carácter de definitivo, para los efectos del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 14207/32. Rosado Lorenzo. 31 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.