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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336095
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2606
TRABAJADORES, IMPROCEDENCIA DE LA TRANSACCION SOBRE LOS DERECHOS DE LOS
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2606
De acuerdo con los principios generales de derecho, sólo pueden transigir los que tienen la libre facultad de enajenar sus bienes y derechos; por lo que, si de acuerdo con la fracción XXVII, inciso H., del artículo 123 constitucional, son condiciones nulas todas las que impliquen renuncia de algún derecho consagrado a favor del obrero, debe concluirse, lógicamente que el mismo, no pudiendo renunciar los derechos que le son otorgados en materia de trabajo, menos pues de sujetarlos a transacción de especie alguna.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2980/34. García Juan. 7 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.