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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2906
PENSIONES DEL ERARIO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2906
La circunstancia de que el beneficiario de la pensión, pueda quejarse ante la Secretaría de Hacienda, de que se le ha suspendido el pago de la pensión, no puede considerarse que constituya un recurso que deba agotarse para que proceda el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4526/33. Martínez viuda de Quintero Dolores. 15 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.