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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2968
RECURSOS ORDINARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 2968
Cuando la ley que rige el acto, otorga dos medios distintos para su reparación, administrativo el uno y judicial el otro, basta, para que la demanda de amparo se admita, que el agraviado agote cualesquiera de los dos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 5313/34. Márquez Méndez José. 16 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.