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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336119
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3016
PERSONALIDAD EN EL AMPARO (PATERNIDAD).
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3016
Si una persona promueve amparo a nombre de sus hijos, y con la demanda presenta el título por el cual aquéllos adquirieron los predios a que se refiere el amparo, y en la escritura se expresa que el promovente los adquiere para sus hijos, como el reconocimiento de éstos puede hacerse, conforme a la ley civil, en escritura pública, resulta que con dicha prueba está acreditada la paternidad del promovente, para los efectos del amparo; tanto más, si al interponerse la revisión, se exhiben las actas del Registro Civil correspondientes.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 4656/34. Mendoza Palomar Sergio y coagraviadas. 17 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.