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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336151
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 78
PERITOS, DICTAMENES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 78
Cuando los dictámenes periciales emitidos ante una Junta de Conciliación, sean objetados por alguna de las partes, la Junta respectiva citará a una audiencia, para que se rindan las pruebas respectivas a las objeciones, pero la citación debe hacerse de oficio, sin que sea necesaria la moción de los interesados.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 194/33. Ramírez Liborio. 4 de mayo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.