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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336197
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1106
MIGRACION, SUSPENSION EN CONTRA DE LA APLICACION DE LAS LEYES DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1106
Aun cuando es cierto que la aplicación de las leyes de migración es de interés público, y por lo mismo, la sociedad está interesada en su exacto cumplimiento, esto debe entenderse, únicamente respecto de disposiciones que se refieren a órdenes que afecten o puedan afectar, directamente, el interés de la colectividad; pero cuando solamente se trata de la imposición de una multa o de una detención fundadas en esas mismas leyes, tales hechos lesionan desde luego, la persona y bienes de los afectados, y sólo indirectamente interesan a la sociedad, por lo cual, procede en casos de esta naturaleza, conceder la suspensión previa fianza.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 4202/33. Fernández Picos Antonio. 2 de junio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.