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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1825
EXPROPIACION POR CAUSA DE UTILIDAD PUBLICA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1825
El párrafo sexto del artículo 27 constitucional, autoriza a los Estados para determinar los casos en que sea de utilidad pública la ocupación de la propiedad privada y previene, que de acuerdo con las leyes relativas, hagan la declaración correspondiente, las autoridades administrativas; de suerte que las leyes locales de expropiación quedan comprendidas dentro del citado precepto constitucional, que no sólo no fija el concepto de utilidad pública, sino que autoriza a los Estados para determinarlo en los casos de su jurisdicción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 211/32. Colombres Saúl D. de y Colombres y Martínez Noemí. 7 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.