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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1824
ACTOS DERIVADOS DE ACTOS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1824
No puede considerarse un acto como derivado de otro consentido, si el inicial consiste en la tramitación de un expediente de expropiación, pues del hecho de que se haya mandado tramitar ese expediente, no puede inferirse, lógica ni jurídicamente, que necesariamente habría de decretarse la expropiación y, por lo mismo, éste no puede considerarse, como ya se dijo, consecuencia forzosa de la iniciación del expediente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 211/32. Colombres Saúl D. de y Colombres y Martínez Noemí. 7 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.