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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336229
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1825
EXPROPIACION EN PUEBLA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1825
El amparo procede contra el acuerdo de expropiación que se basa en la ley local, porque se trata de un acto definitivo, puesto que, conforme al artículo 18 de la citada Ley, la junta que debe celebrarse para determinar el precio de la indemnización y forma de pago, no puede modificar el acuerdo de expropiación por causa de utilidad pública.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 211/32. Colombres Saúl D. de y Colombres y Martínez Noemí. 7 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.