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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336230
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1834
REVISION, SENTENCIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1834
La Suprema Corte de Justicia, en las sentencias de revisión, no debe estudiar la parte del fallo que no se impugnó.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3267/33. Barberena Garza Miguel. 7 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.