Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/336233
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336233
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1906
MULTA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1906
Si el amparo se promueve cuando ya existía el motivo de improcedencia que funda el sobreseimiento, debe imponerse una multa al apoderado de la parte quejosa, de acuerdo con el artículo 85 de la ley reglamentaria del juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 14390/32. Molina de Casasús Teresa. 9 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.