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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336238
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1941
PENSIONES DE RETIRO CONCEDIDAS POR LA SECRETARIA DE GUERRA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1941
El artículo 15 de la Ley de Pensiones y Retiros del Ejército y Armadas Nacionales estatuye que el derecho al retiro sólo se perderá: por traición a la Patria, por rebelión contra las instituciones legales del país o por pérdida del derecho de ciudadanía.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1655/34. Juárez Santamaría Antonio. 10 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.