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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336243
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2003
REPARACION ANTE LA POTESTAD COMUN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2003
El amparo es improcedente contra actos que no tengan el carácter de definitivos, debiendo entenderse como tales aquéllos que no pueden ser revocados o modificados por cualquier medio ordinario que la ley establezca, ya sea un recurso que se tramite mediante un incidente o ya todo un juicio de oposición creado por alguna ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 14405/32. Reyes Miguel. 11 de julio de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.