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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2140
PETROLEO, PERMISO PARA PERFORAR POZOS DE, EN ZONAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2140
Si se reclama en amparo la resolución de la Secretaría de la Economía Nacional, concediendo permiso al Control de Administración del Petróleo Nacional, para perforar un pozo petrolífero, y aparece del informe que aquél se encuentra ubicado en una zona federal, procede negar la suspensión definitiva, ya que, de otorgarse, se causarían perjuicios al Estado, por el interés que tiene en poder disponer de sus derechos al subsuelo en las referidas zonas; y no se ocasionan perjuicios a particulares, porque en los títulos confirmatorios de sus concesiones, se excluyen expresamente las zonas federales.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6477/33. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 14 de julio de 1934. Mayoría de tres votos. Disidentes: Salvador Urbina y Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.