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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336258
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2210
IMPROCEDENCIA ALEGADA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2210
Si la autoridad señalada como responsable afirma que la demanda de amparo es extemporánea, en virtud de que el quejoso tuvo conocimiento del acto reclamado en determinada fecha, a la propia autoridad corresponde la prueba de esa afirmación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3800/33. León Bolaños Juan de. 19 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.