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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2217
CONTRABANDO, EXISTENCIA DEL DELITO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2217
Unas facturas que amparan determinadas mercancías, son ineptas para comprobar la legal importación de otras, si el tenedor de aquéllas se limita a presentarlas, sin establecer ninguna relación de identidad, entre ambas, ni mucho menos demostrarla entre las numerosas mercancías compradas en la fecha de la factura y las secuestradas con posterioridad, a más de que es obvio que una factura no puede servir indefinidamente para amparar, en el futuro, todas las mercancías similares que, en cualquier instante, se encuentren en un establecimiento.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3651/31. Castañeda Agapito. 19 de julio de 1934. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José López Lira. Relator: Jesús Guzmán Vaca.