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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2635
FOSAS ASEPTICAS, OBLIGACION DE CONSTRUIRLAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2635
Aun cuando esté a cargo del Gobierno del Distrito la realización de diferentes obras públicas, entre otras, el desagüe, saneamiento y limpia de las poblaciones, debe tenerse en cuenta que, a pesar de semejantes disposiciones, si no existe drenaje en el lugar donde se encuentran unas fincas, el propietario de éstas no está eximido de la obligación de cumplir con el acuerdo que se dicte por el Departamento de Salubridad, respecto a que debe proceder a la construcción de unas fosas asépticas, ya que esa falta de atarjeas fue prevista por el legislador, previniendo el establecimiento de plantas biológicas, para todas aquellas fincas ubicadas en lugares en donde faltare aquél servicio sanitario.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5162/33. Serralde Francisco A. 28 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.