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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336279
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2634
FOSAS ASEPTICAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2634
Si se alega que no es necesario construir fosas asépticas en cada una de las casas de que es propietaria una persona, porque ya existe en una de dichas casa, una fosa que, desde hace 25 años está funcionando, no es de admitirse esa alegación, atento los preceptos expresos y terminantes contenidos en los artículos 5o. del Código Sanitario y 17 y 143 del Reglamento de Ingeniería Sanitaria, y teniendo, en cuenta que, por una visita que se practica a las referidas casas por un ingeniero inspector, aparece que las condiciones en que se encuentran exigen que se cumplan con las disposiciones legales antes mencionadas, sin que sea de admitirse que en una fosa aséptica que existe, se hagan unas reparaciones indicadas por el Departamento Central, ya que funcionando esta última autoridad dentro de una órbita administrativa distinta al radio de acción que corresponde al Departamento de salubridad, esa prevención y apreciación que contiene la nota respectiva, no pueden cambiar la situación jurídica que prevalece.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5162/33. Serralde Francisco A. 28 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.