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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336330
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3441
REPARACION ANTE LA POTESTAD COMUN.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3441
Como la Ley Economicocoactiva, expedida en Chiapas el 25 de enero de 1933, ofrece un medio de reparación ante la potestad común, para los casos en que se haga uso de aquella facultad, el amparo, es improcedente, si el quejoso no agotó ese medio de reparar el agravio que se le cause con la aplicación de la citada ley.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 999/34. Compañía Mexicana de Petróleo "El Aguila", S. A. 21 de agosto de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.