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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336353
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 277
TRABAJADORES EVENTUALES, SALARIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 277
Si no se alega por el patrono, ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, que los obreros no tienen derecho a los salarios, porque no han trabajado inmediatamente después del día señalado para descanso, limitándose a desconocer la obligación que se le reclama, no debe tomarse en cuenta esa observación en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14769/32. Compañía Terminal de Veracruz, S. A. 11 de enero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.