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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336375
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 935
TEMPLOS, DERECHOS DE LOS ENCARGADOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 935
Como el nombramiento del encargado de un templo depende tan sólo del hecho de haber sido temporalmente destinado éste, para el culto público, de alguna secta, es claro que el hecho de que el mismo templo se destine a un culto diverso, no irroga para el encargado, perjuicio individual alguno, a más de que su nombramiento es libremente revocable.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 584233. Velázquez David y coagraviados. 29 de enero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Cisneros Canto.