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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336377
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 968
ACTOS RECLAMADOS, CESACION DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 968
Si se reclama en amparo que una autoridad fiscal no ha concedido al quejoso un plazo, al que, según él, tienen derecho para verificar el pago de un impuesto, y está comprobado que con posterioridad se otorgó dicho plazo, han cesado los efectos del acto reclamado y debe sobreseerse en el amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1183/30. Escamilla Hermanos, S.A. 30 de enero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.