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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1332
REMATES FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1332
Si se pide amparo contra el remate de mercancías embargadas por adeudos fiscales, la suspensión debe concederse; pero si dichas mercancías se han demeritado por razón del tiempo transcurrido, y no garantizan suficientemente los intereses fiscales, debe exigirse depósito de la cantidad que se cobra, en el Banco de México.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 793/33. Kifuri Alejandro. 10 de febrero de 1934. Unanimidad de cuatro votos en lo que se refiere al segundo punto resolutivo y por mayoría de tres, en lo que respecta al tercero. Ausente: Salvador Urbina. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.