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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336436
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2360
DIAS INHABILES, NO DEBEN COMPUTARSE TRATANDOSE DEL ANUNCIO DE REMATES FISCALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2360
Si en un procedimiento económico coactivo, se fija para el remate determinado número de días, después del hábil siguiente a la última publicación, convocando al remate, los días inhábiles incluidos en el plazo señalado, deben descontarse.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 13795/32. Tejada Nicolás. 9 de marzo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.