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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336448
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2815
PATRONOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2815
Las uniones de trabajadores que con sus propios elementos desempeñan un trabajo para un patrono, no pueden considerarse como patronos respecto de los elementos que emplean para la ejecución del contrato, pues la Ley Federal del Trabajo considera patronos a las empresas establecidas que contratan trabajos, para ejecutarlos con elementos propios.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 12148/32. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 21 de marzo de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.