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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336452
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3068
ACCIDENTES DE TRABAJO, INCAPACIDAD PRODUCIDA POR LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3068
No debe confundirse la incapacidad funcional con la dificultad funcional; ésta presupone que existe la función de movilidad, aunque dificultosa o entorpecida, en tanto que la incapacidad funcional es la imposibilidad de la función, y si la Junta, condena al pago de la indemnización, tomando un término medio entre el máximum y el mínimum que la Ley del Trabajo fija, no puede considerarse que conculca las garantías individuales del patrono.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1337/33. Medina Luis Hermano. 6 de abril de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Cantos.