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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336460
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3249
INFRACCIONES DE POLICIA, REQUISITOS QUE DEBE LLENAR EL CASTIGO DE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3249
Cuando se trate de castigar una infracción de policía, es indispensable que se levante el acta respectiva, con intervención del interesado, en la cual se haga constar el hecho del que se deriva la violación del reglamento o bando de policía, que amerita la imposición de la pena correspondiente, y si no se cumple con esos requisitos, no puede estimarse comprobado el hecho en que pretenda apoyarse la infracción, y la pena impuesta no es motivada ni debidamente justificada.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3886/31. Flores Pablo y coagraviados. 11 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.