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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336502
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 52
RECONSIDERACION, NATURALEZA DE LA RESOLUCION RESPECTIVA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 52
Si se interpone reconsideración contra un acuerdo administrativo y recae resolución manteniendo firme dicho acuerdo, y se reclama en amparo la segunda determinación, no puede considerarse que esta última sea derivada de otra que hubiere sido consentida.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 10588/32. Compañía Limitada del Ferrocarril Mexicano. 2 de septiembre de 1933. Mayoría de 3 votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.