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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336584
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1934
EXPORTACION DE METALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 1934
El hecho de no haber pagado los derechos correspondientes a los metales que se exportan no puede servir para fundar la imposición de una multa, si entre la fecha de la expedición de la factura de tránsito y la en que fueron recogidas las barras, no hubiere transcurrido el término de treinta días, que es el señalado por la ley para cumplir con esa obligación.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3727/33. Bernal José Luis. 8 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.