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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336598
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2110
ACTOS CONSECUENCIA DE OTROS CONSENTIDOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2110
Si se reclama la orden de una autoridad, que es sólo la reiteración de otra orden dictada por quien no tenía carácter de autoridad, no puede considerare que el acto reclamado sea consecuencia de otro consentido, supuesto que la primera orden constituye la opinión de un particular, que no obliga ni surte efecto alguno.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 917/31. Herrera Santiago y coags. 15 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.