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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
336636
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2694

MOLINOS DE NIXTAMAL, MODO DE MEDIRSE LA DISTANCIA A QUE DEBEN ESTAR UNOS DE OTROS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2694

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 674/30. Escudero Pedro, Jr. 5 de diciembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis M. Calderón.
Registro digital (IUS): 336636