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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336719
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2048
EXPROPIACION.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2048
Cuando la expropiación solamente va a beneficiar a determinados colonos y no a la comunidad en general, procede conceder la suspensión mediante fianza, toda vez que los perjuicios que podrían causarse al interesado serían de difícil reparación y, en cambio, los que se ocasionen a terceros, serán reparables mediante fianza.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 8324/32. Carrera Peña Severiano. 29 de julio de 1933. Unanimidad de cinco votos en cuanto a los puntos primero, segundo y tercero resolutivos, en cuanto se concedió la suspensión previa fianza y por mayoría de tres votos en lo que se refiere al alcance de dicho beneficio. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Barba. La publicación no menciona el nombre del ponente.