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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336720
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2111
BEBIDAS, EXPENDIOS DE, CERCANOS A CENTROS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2111
Los centros de trabajo a que se refiere la fracción II del artículo 123 constitucional, no pueden ser otros que aquellos en que se encuentran establecidas negociaciones fabriles e industriales, por lo cual una estación ferrocarrilera no puede tener ese carácter.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1241/30. Figueroa Pedro. 31 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Luis M. Calderón.