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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2824
SUCESIONES, CONTABILIDAD DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2824
Los libros de contabilidad de las sucesiones no pueden tener la fuerza probatoria que se deriva de lo preceptuado en el artículo 342 del Código Federal de Procedimientos Civiles, si no hay constancia alguna de que la sucesión sea una negociación mercantil.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1583/32. Escalona Ernesto. 22 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.