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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 605
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 605
Cuando una demanda de amparo contiene capítulos distintos, pero relacionados entre sí de tal manera, que resuelta la cuestión jurídica que se refiere a uno, quedan resueltas implícitamente las cuestiones a que se refieren las demás, por tratarse de una sola materia legal, considerada bajo distintas fases, es permitido, y a veces, hasta necesario que el fallo de la autoridad federal se ocupe exclusivamente de resolver la cuestión constitucional principalmente planteada; pero cuando los diversos conceptos de queja no tienen esa relación íntima, claro es que el fallo que sólo se ocupa de alguno de ellos y omite el estudio de los demás, no está de acuerdo con los preceptos que la ley orgánica del juicio de amparo establece a este respecto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3902/28. The Huastecas Oil Fields Corporation, S.A. 6 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.