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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336817
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1149
REVISION EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVII; Pág. 1149
El fallo que se pronuncie al resolverse un recurso de revisión en amparo, sólo debe ocuparse de estudiar los agravios que se aleguen, con relación a los puntos de la sentencia que fueron recurridos, y no debe estudiar los agravios que se expresen con relación a los puntos no recurridos, pues éstos deben quedar firmes, por no haber sido impugnados.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo 12485/32. Martínez Pioquinto. 25 de febrero de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.