Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/336903
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 331
DEPARTAMENTO DE SALUBRIDAD PUBLICA, COMPETENCIA CONSTITUCIONAL DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 331
Conforme a la ley constitucional, el Departamento de Salubridad Pública tiene a su cargo la salud colectiva, pero no la individual, pues en estos casos, cuando el ataque a la salud de una persona, proviene de una infracción o de un hecho delictuoso, la competencia del asunto radica en las autoridades judiciales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 846/28. López de Gabriel Carlos y coagraviados. 13 de septiembre de 1932. unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.