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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336909
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 468
ARTICULOS DE PRIMERA NECESIDAD, PRECIO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 468
Contra el acuerdo administrativo que pretenda obligar a los comerciantes a vender los artículos de primera necesidad, a precios superiores a aquellos a que los mismos comerciantes los expenden, procede conceder la suspensión sin requisito alguno, puesto que no se causa daño o perjuicio a la sociedad ni al Estado, son de difícil reparación las que se ocasionen al quejoso, con la ejecución del acto, y no hay tercero interesado en el asunto.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2237/31. Santisteban Cipriano. 21 de septiembre de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.