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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 555
SALUBRIDAD, DEMOLICION ORDENADA POR.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 555
Del texto de los artículos 408 y 409 del Código Sanitario, se desprende que el Departamento de Salubridad puede ordenar la demolición de obras que ofrezcan un peligro para la salubridad pública, puesto que no se concibe que si el peligro es evitable mediante la sola desocupación y las reparaciones conducentes que deban hacerse, se ordene la destrucción sin ningún objeto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 214/30. Vargas viuda de Bolaños Cecilia. 26 de septiembre de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.