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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 770
TRABAJADORES EXTRANJEROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 770
Cuando el amparo se pide contra la aplicación de las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, que previene que las empresas no deben tener sino determinado número de trabajadores extranjeros a su servicio, y les fija plazo para adaptarse a esa exigencia, el recurso es notoriamente improcedente, puesto que la aplicación de la ley no la harán las autoridades, sino las empresas, que son individuos particulares.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1942/32. Swindall Roberto. 5 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.