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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1206
AMPARO ADMINISTRATIVO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1206
El hecho de que el afectado por una resolución administrativa, solicite su revocación de la autoridad responsable, no obsta para no tener por consentido el acto, pues no siendo la revocación un recurso que la ley autorice, no puede interrumpirse el término para la interposición del amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3329/30. González José Concepción. 21 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: José López Lira.