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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 336972
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1607
REVISION SIN BASE LEGAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1607
No afectando la sentencia de amparo, a una de las autoridades señaladas como responsables, no puede considerarse agraviada con la misma, y por tanto, si interpuso el recurso de revisión, en nombre propio, debe concluirse que falta la base legal, para que tal revisión prospere.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3899/31. Arriola Bárbara y coagraviado. 11 de noviembre de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.