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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 337057
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1365
AGUAS FEDERALES, PAGOS QUE DEBEN HACER LOS USUARIOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1365
Los pagos que los usuarios de las aguas federales deben hacer no tienen otro carácter que el de impuestos, porque dichos usuarios están obligados a pagar esas cantidades, no como consecuencia de las obligaciones, que se impusieron mediante el contrato-concesión respectivo, sino como cumplimiento de un precepto legal que impone este tributo a las personas que se encuentren en determinadas condiciones, tal como se imponen a los propietarios de casas, los tributos correspondientes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1693/31. Usuarios del Río del Fuerte. 15 de julio de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.